Derecho Politico 4 de Mayo
~La Soberania Popular
-Es una respuesta para salvar la critica que se le hace a la soberania nacional, (en el fondo la soberania nacional niega al pueblo el derecho de gobernarse a si mismo) Esta soberania popular es una doctrina de Rousseau, El escritor de "El contrato Social" Segun esta teoria, la soberania es del pueblo, en la medida de cada miembro del estado que forma el cuerpo politico, tiene una parcela de soberania, por lo tanto la soberania esta dividida entre todos los ciudadanos proporcionalmente, ahora, la concepcion de Rousseau se basa en que este contrato social, es el fundamento de la legitimidad del estado y de la soberania, este contrato consiste en que cada individuo acepta someterse a la voluntad general y consciente en el abandono de una parte de sus derechos a la colectividad a fin de obtener determinados beneficios.
Cual es la voluntad general?:La ley
Este contrato social genera un cuerpo moral y politico (una persona juridica que ademas es un cuerpo politico) que tiene tantas voces como miembros de la asamblea.
Soberania popular en Chile: Asamblea
Esta voz unica es la voluntad soberana, que en el concepto de Rousseau, tiene un poder absoluto, porque la autoridad suprema no tiene limites, si tuviera limites dejaria de ser Soberano
Este cuerpo politico constituye un poder absoluto, separado y trascendente, de las mismas personas que componen el pueblo.
"EL pueblo se rinde ante la voluntad general"
La teoria de Rousseau no es de naturaleza democratica, pues facilita la propia destruccion de la democracia, y tiende a un estado totalitario, porque, porque no tiene limites, entonces si lavoluntad general desea algo, eso debe ser acatado, es totalitario
(Paralelo entre soberania popular y nacional, por ejemplo)
Doctrina de la soberania del Estado [Gerber]
-Segun esta, El titular originario y unico de la soberania es el Estado como tal, Este estado es uno e indivisible y concurren 3 elementos en el, un territorio,una nacion y un gobierno, entonces este estado es un sujeto de Derecho, y su derecho es la potencia publica, Asi, solo existen relaciones entre el estado, y/o persona que dirige, y los sujetos de derecho que ya estan sometidos, ( Gobernados)
Posteriormente, Jellinek, Profundiza la doctrina de Gerber, señalando que el estado es una corporacion territorial investida, de una potencia de mando originaria, esta potencia es irresistible.
Segun Jellinek, al poder del estado no se le pueden fijar limites juridicos,es una potencia juridica incondicionada.
-Sin embargo Jellinek indica, que el etado puede generar una ley o norma juridica para obligarse a si mismo o a sus organos a someterse a la ley, entonces, en este caso hablamos de un estado de derecho, porque ademas de someterlo al autolimite de la ley, genera organos (tribunales de justicia) que vigilan, que el estado se someta a esta ley.
Duguit dice que una obligacion que se crea a si misma, y a la cual se pueda sustraer cuando y como queda no es jamas una obligacion, una obligacion que se crea a si misma y a la cual se le pueda sustraer cuando y como se quiera no es jamas una obligación.
[Es lo mas importante de la prueba!, Soberanias!]
lunes, 4 de mayo de 2009
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